Los documentos sobre personería sustantiva y adjetiva de los peticionarios, los poderes y los contratos de fabricación, podrán protocolizarse en el Ministerio de Salud y éste, a costa de los interesados, podrá expedir certificados de que están protocolizados y que en ellos consta la existencia y representación legal de la entidad, del poder o el contrato, según el caso. Estos certificados deberán dar las precisiones necesarias y podrán agregarse a los expedientes de registra en reemplazo de los documentos protocolizados. El término de vigencia de las protocolizaciones se contará a partir de la solicitud de protocolización, y será el siguiente
Para los poderes, un (1) año;
Para la personería sustantiva y adjetiva, seis (6) meses;
Para los contratos de fabricación, seis (6) meses, salvo cuando su duración sea menor.