Micelio

Artículo 4

Las Cuentas Que Deben Llevarse En La Sección 7

Decreto 1438 de 1908 · Por medio del cual se reglamenta la destrucción de la langosta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las cuentas que deben llevarse en la Sección 7.ª del Ministerio de Obras Públicas, conforme á lo dispuesto en el inciso III del artículo anterior, estarán á cargo del Subjefe de esa Sección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1438 de 1908