Facultades reglamentarias. Además de las reglas contenidas en el presente título, todo decreto reglamentario que se expida deberá incorporarse al decreto único reglamentario del sector al cual corresponda.
Las normas establecidas en este capítulo podrán ser aplicadas, guardando las proporciones y con las particularidades del caso, a los demás decretos y resoluciones de carácter general y abstracto y actos administrativos de contenido regulatorio, cuando no sean contrarias a las normas específicas que los regulan.
TEXTO CORRESPONDIENTE A