Artículo tercero. Autorizase a los doctores Douglas Botero Boshell, Embajador de Colombia en Washington y José Cepero Samper, Cónsul General de Colombia en New York para que conjunta o separadamente, firmen o presenten como "Agentes Autorizados" y como representantes del Gobierno de la república de Colombia, a declaración de registro según el acta de valores de 1933 y el Acta de Intercambio de valores de 1934 y realicen todos los actos y gestiones en que el futuro sean necesarios para la legalización de la emisión y colocación de los bonos.
Decreto 2245 de 1972 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2245 de 1972 · por el cual se confiere un autorizaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.