Micelio

Artículo 4

A Partir Del 15 De Marzo Del Presente Año, Créanse Las Siguientes Plazas: Bogotá (Cundinamarca)

Decreto 658 de 1937 · Por el cual se crean unas plazas, se modifican algunas asignaciones, se crean unas oficinas y se hacen unos nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 15 de marzo del presente año, créanse las siguientes plazas: Bogotá (Cundinamarca). Departamento de Sostenimiento Un Oficial, con asignación mensual $ 140.00 y nómbrase al señor Carlos Camargo L. En el Departamento de Explotación Telegráfica: Una Mecanotaquígrafa, con asignación mensual de 75.00 y nómbrase para desempeñarla a la señorita Juanita Sánchez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 658 de 1937