Micelio

Artículo 8

Los Empleados Públicos Del Departamento Administrativo De Seguridad, Das, Continuarán Ejerciendo Las Funciones Que Vienen Desarrollando Y Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan Actualmente, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A La Planta De Personal Que Se Adopte Para La Fiscalía General De La Nación, La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Unidad Administrativa Especial -Unidad Nacional De Protección Y La Defensa Civil

Decreto 4070 de 2011 · por el cual se modifi ca la Planta de Personal del departamento Administrativo de Seguridad, DAS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal que se adopte para la Fiscalía General de la Nación, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Unidad Administrativa Especial -Unidad Nacional de Protección y la Defensa Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4070 de 2011