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Artículo 9.16.2

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ventas masivas: Cuando la comercialización de productos se realice mediante canales de ventas masivas o retail, y ello dificulte la implementación eficiente de un procedimiento detallado de Debida Diligencia, deberán establecerse umbrales específicos que permitan llevar a cabo dicho proceso de manera proporcional y efectiva. No obstante, el Sujeto Obligado deberá enfocar sus esfuerzos en la identificación y análisis de Operaciones Inusuales, con el fin de mitigar los riesgos asociados y cumplir con sus obligaciones en materia de prevención de LA/FT/FP y C/ST.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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