Art. 4.° Previo dictamen de la Comisión central y de las comisiones subalternas, emitido conforme al Reglamento, el Gobierno discernirá diplomas de tercera, segunda y primera clase. Habrá, además, un premio de honor para la mejor obra de cada una de las cuatro Secciones de la Exposición; premio que, en caso de competencia, se adjudicará mediante sorteo. La calificación se hará por números, de 1 á 20, según la siguiente equivalencia: 1 á 5, mención honorífica; 6 á 10, diploma de tercera clase; 11 á 15, diploma de segunda clase; 16 á 20, diploma de primera clase.
Decreto 563 de 1903 →Vigente
Artículo 4
Decreto 563 de 1903 · Que establece una exposición anual de la enseñanza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.