Micelio

Artículo 2

Decreto 2464 de 1999 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2599 de 1998

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial , requisito que se entiende cumplido con la orden impartida pro el Director General de Crédito Público de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 185 de 1995. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 1999. GUILLERMO FERNANDEZ DE SOTO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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