°. Ampliar exclusivamente para la vigencia fiscal de 1997, hasta el 30 de junio de 1997, la fecha de envío de la información de que trata el artículo 3º del decreto 896 de 1997 que, sobre ejecución presupuestal de ingresos y gastos de la vigencia fiscal de 1996, deben enviar al Departamento Nacional de Planeación, los alcaldes municipales, para efectos previstos en el artículo 22 de la Ley 60 de 1993.
Artículo 1
Ampliar Exclusivamente Para La Vigencia Fiscal De 1997, Hasta El 30 De Junio De 1997, La Fecha De Envío De La Información De Que Trata El Artículo 3º Del Decreto 896 De 1997 Que, Sobre Ejecución Presupuestal De Ingresos Y Gastos De La Vigencia Fiscal De 1996, Deben Enviar Al Departamento Nacional De Planeación, Los Alcaldes Municipales, Para Efectos Previstos En El Artículo 22 De La Ley 60 De 1993
Decreto 1523 de 1997 · por el cual se amplía, para el año de 1997, el término para la entrega de la información sobre ejecución presupuestal por parte de los municipios.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.