Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Secretaría General. La Secretaría General tendrá la siguientes funciones

a)

Actuar como Secretario de la Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva de la Entidad;

b)

Responder por el control de los asuntos que deban llevarse o se deriven de las decisiones tomadas por estos organismos, comunicando las decisiones adoptadas;

c)

Gestionar ante la Superintendencia Bancaria, Cámara de Comercio y órganos competentes los asuntos relacionados con la inscripción de funcionarios en quienes se delega la representación legal de la Entidad;

d)

Coordinar la organización de las labores de Secretaría de Comités Internos;

e)

Planear y dirigir las actividades tendientes a asesorar a la Junta Directiva, Presidencia y demás Organos Directivos en asuntos jurídicos;

f)

Asesorar al Presidente en la formulación de políticas y planes de acción de la Secretaría General;

g)

Llevar conforme a la Ley los libros de actas de la Asamblea General y de la Junta Directiva y autorizar con su firma las copias que de ellas se expidan;

h)

Todas las demás que le sean asignadas por los Organos superiores de la administración y las normas legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 1999