Micelio

Artículo 4

Ley 7 de 1907 · que crea y organiza una Oficina de Procuradores Revisores de cuentas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para facilitar los trabajos de la Oficina de los Procuradores Revisores de cuentas créanse los empleos de un Secretario, dos Oficiales Auxiliares y un Portero; y los sueldos anuales de los Procuradores y demás empleados serán los siguientes Los de los Revisores Procuradores cada uno á$1.920El del Secretario, a1.080Los de los Oficiales Auxiliares, cada uno a600El del Portero, a300

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 7 de 1907