El Director del Plan Nacional de Rehabilitación cumplirá las siguientes funciones
Coordinar la ejecución del Plan Nacional de Rehabilitación, de acuerdo con las instrucciones que reciba del Presidente de la República y del Gobierno Nacional;
Orientar las acciones que se emprendan dentro del marco del Plan Nacional de Rehabilitación para apoyar el proceso de reconciliación nacional y establecer una relación armónica y duradera entre el Estado y la población, y entre los diversos sectores y grupos de interés que conforman la sociedad civil, especialmente en las zonas marginadas del país;
Definir los instrumentos o mecanismos que permitan superar las condiciones de pobreza y mejorar los niveles de vida de la población en las regiones donde se ejecute el Plan Nacional de Rehabilitación;
Fortalecer los procesos de participación de la comunidad en la definición y gestión de su propio desarrollo, de acuerdo con los lineamientos del Plan Nacional de Rehabilitación;
Promover el mejoramiento de las condiciones de los habitantes de los municipios donde actúa el Plan Nacional de Rehabilitación mediante la coordinación de inversiones en educación, salud y saneamiento básico;
Impulsar las acciones tendientes al desarrollo institucional de los municipios donde opere el Plan Nacional de Rehabilitación, de acuerdo con las políticas del Gobierno y las decisiones que adopten los organismos y entidades competentes sobre la materia;
Dirigir y coordinar el personal que se le asigne para el cumplimiento de sus funciones;
Las demás que le asigne el Presidente de la República.