De la partida global apropiada en el Capítulo 283, articulo 2883 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, "Para drogas, aseguras, fletes, viáticos, gastos de transporte, combustibles, lubricantes, blusas de trabajo, overoles, uniformes y gastos de sostenimiento de los Organismos de Salubridad y Campañas Sanitarias de toda clase que el Ministerio de Salud Pública atienda en forma directa", hácese la siguiente distribución:
CAPITULO 283.