Micelio

Artículo 24

Decreto 3157 de 1984 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional de Terminales de Transporte Terrestre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Teniendo en cuenta que corresponde a los Alcaldes Municipales, dentro de sus facultades Légales ra cionalizar el uso de las vías públicas en los respectivos municipios, deben propender por la adecuación y restablecimiento de vías de acceso y salida de los Terminales y tomar las medidas necesarias para lograr la localización adecuada de las empresas transportadoras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3157 de 1984