Micelio

Artículo 1

El Personal, Sueldos Y Material De Las Direcciones Generales De Instrucción Pública De Los Departamentos Del Norte De Santander Y Del Valle Y De La Visitaduría Escolar Del Territorio Nacional Del Chocó Serán Los Siguientes, Que Se Imputarán Así: Capitulo 59 Departamento Del Norte De Santander Dirección General De Instrucción Pública

Decreto 922 de 1910 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre servicio de instrucción pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal, sueldos y material de las Direcciones Generales de Instrucción Pública de los Departamentos del Norte de Santander y del Valle y de la Visitaduría Escolar del Territorio Nacional del Chocó serán los siguientes, que se imputarán así: CAPITULO 59 Departamento del Norte de Santander Dirección General de Instrucción Pública. Artículo 369 A. personal, sueldos y material de la Dirección: 1.° Un Director, con $ 100 mensuales. 2.° Un Oficial Mayor, con $ 60 mensuales. 3.° Para material, $ 5 mensuales. CAPITULO 59 Departamento del Valle. Dirección General de Instrucción Pública. Artículo 369 B. personal, sueldos y material de la Dirección: 1.° Un Director, con $ 100 mensuales. 2.° Un Oficial Mayor, con $ 60 mensuales. 3.° Para material, $ 5 mensuales. CAPITULO 59 Intendencia Nacional del Chocó. Visitaduría Escolar de Instrucción Pública. Artículo 369 C. personal, sueldos y material de la Visitaduría: 1.° Un Visitador, con $ 120 mensuales. 2.° Para material, $ 2 mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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