°. Los Consejos Examinadores de la capital de la República o de las capitales universitarias pasarán al Ministerio de Educación las actas de calificación, con la lista de los alumnos que se presentaron a examen, con la especificación de la calificación obtenida por cada uno, aprobatoria de aplazamiento o reprobatoria. El Ministerio, a su vez, pasará copia de dichas listas a las Direcciones Departamentales de Educación y a las Facultades universitarias oficiales y privadas, y llevará, una estadística completa de los exámenes, a fin de comprobar los datos necesarios cuando los diplomas de bachiller sean presentados para su registro y anotación.
Decreto 1568 de 1934 →Vigente
Artículo 9
Los Consejos Examinadores De La Capital De La República O De Las Capitales Universitarias Pasarán Al Ministerio De Educación Las Actas De Calificación, Con La Lista De Los Alumnos Que Se Presentaron A Examen, Con La Especificación De La Calificación Obtenida Por Cada Uno, Aprobatoria De Aplazamiento O Reprobatoria
Decreto 1568 de 1934 · Por el cual se reglamentan los exámenes de cultura general y de admisión a las Facultades Universitarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.