Art. 1343. Sea que el testador haya encomendado o no al albacea el pago de sus deudas, será éste obligado a exijir que en la partición de los bienes se señale un lote o hijuela suficiente para cubrir las deudas conocidas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.