Artículo quinto. Todo aspirante a beca nacional presentará su solicitud en la capital del Departamento, Intendencia o Comisaría, lugar de su residencia, solicitud que debe reunir los siguientes requisitos
Ser colombiano;
Poseer los conocimientos previos exigidos por las disposiciones oficiales para ingresar al establecimiento y curso respectivo;
No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni impedimento para el estudio,
Haber observado buena conducta escolar y social, y
Carecer, tanto él como su familia, de los recursos económicos para atender a los gastos de educación.