En toda Oficina se llevará un libro de registro y otro de recibos; el primero para anotar la entrada y salida de oficios, documentos y expedientes, y el segundo para tomar recibos de los mismos.
El encargado del registro dará á los particulares que lo soliciten informe sobre la Oficina en que se encuentren los negocios en que están interesados y que no exijan reserva, consultado con el superior cualquier duda.
Ningún papel ó expediente saldrá de la Oficina sino por conducto del encargado del registro, para que este empleado anote su salida y tome el recibo correspondiente.