Micelio

Artículo 2

El Artículo 15 Del Decreto Número 1051 De 29 De Abril De 1944, Quedará Así: Artículo 15

Decreto 2591 de 1944 · Por el cual se aplaza la vigencia del Decreto número 1051 de 1944, y se modifica uno de sus artículos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 15 del Decreto número 1051 de 29 de abril de 1944, quedará así: Artículo 15. El Ministerio de Correos y Telégrafos otorgará a los actores de radio-teatro una licencia especial en que conste su calidad de tales. Para obtenerla, los aspirantes a ella deberán presentar en la forma que se establece en este Decreto, y mediante el pago de iguales derechos, el mismo examen que los aspirantes a locutores de segunda categoría, pero no se les exigirá la comprobación de haber cursado 4° año de bachillerato. Esta licencia especial no los acredita en ningún caso para actuar como radioanunciadores. A la inversa, los poseedores de licencia de locutores de cualquiera de las tres categorías creadas, podrán actuar como actores de radio-teatro sin necesidad de obtener esta licencia especial.

Parágrafo 1

A partir del 1° de febrero de 1945, las radiodifusoras que permitan la actuación de personas no licenciadas en programas de radio-teatro, sufrirán las mismas sanciones que establece el artículo anterior.

Parágrafo 2

Igual sanción se aplicará a las estaciones radiodifusoras que transmitan discos grabados con anuncios, diálogos o dramatizaciones de procedencia nacional o extranjera en los que tomen parte locutores no licenciados por el Ministerio de Correos y Telégrafos. Exceptúanse de esta prohibición las grabaciones de procedencia nacional o extranjera que a juicio del Ministerio de Educación Nacional en Bogotá o de los Directores de Educación en los Departamentos, representen un valor cultural o informativo que justifique su transmisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2591 de 1944