Micelio

Artículo 12

Ley 35 de 1915 · Por la cual se reforman las Leyes 55 y 119 de 1890, y se derogan algunos artículos de la Ley 104 de 1892

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los términos de los anteriores artículos y de las Leyes 56 y 119 de 1890, que se reforman y adicionan, se procederá en todos los casos de expropiación, menos cuando se trate de predios destinados a la construcción de vías férreas, pues entonces el procedimiento que ha de observarse es el indicado en los artículos que siguen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1915