° Para efectos de determinar el monto de la suma anual de los gastos de administración y de los aportes a fondos comunes para planeación y capacitación, los ingresos de que habla el artículo 4° del Decreto 687 de 1967 estarán compuestos únicamente por las cotizaciones de los empleadores, de los trabajadores y del Estado.
Decreto 1313 de 1967 →Vigente
Artículo 1
Para Efectos De Determinar El Monto De La Suma Anual De Los Gastos De Administración Y De Los Aportes A Fondos Comunes Para Planeación Y Capacitación, Los Ingresos De Que Habla El Artículo 4° Del Decreto 687 De 1967 Estarán Compuestos Únicamente Por Las Cotizaciones De Los Empleadores, De Los Trabajadores Y Del Estado
Decreto 1313 de 1967 · Por el cual se reglamentan los artículos 4° y 26 del Decreto 687 de 1967
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.