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Artículo 2.1

Circular 100-000002 de 2025 · Circular Externa 100-000002 de 14 de marzo de 2025

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sujetos obligados a presentar el INFORME 58 - OFICIALES DE CUMPLIMIENTO: Los Sujetos Obligados de acuerdo con los Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica deberán designar un Oficial de Cumplimiento para el SAGRILAFT y un Oficial de Cumplimiento para el PTEE. El Oficial de Cumplimiento podrá ser la misma persona natural para ambos programas. El Sujeto Obligado tendrá que diligenciar el INFORME 58 - OFICIALES DE CUMPLIMIENTO, cada vez que haya una novedad en la designación o cambio por parte de la junta directiva o el máximo órgano social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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