Micelio

Artículo 28

Los Recaudos Provenientes De La Venta De Especies Postales Para Tasas De Correo O Fines Filatélicos, Comisiones Por Transferencia De Fondos, Participaciones Del Gobierno En Contratos De Correo Y Demás Productos Derivados De La Operación Del Servicio, Ingresaran A La Administración Postal Nacional A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto-Ley, Con Destino A Cubrir Sus Propios Gastos Y A La Ampliación Y Mejoramiento De Los Servicios A Su Cargo

Decreto 3267 de 1963 · Por el cual se dictan disposiciones sobre reorganización y funcionamiento del ministerio de comunicaciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recaudos provenientes de la venta de especies postales para tasas de correo o fines filatélicos, comisiones por transferencia de fondos, participaciones del Gobierno en contratos de correo y demás productos derivados de la operación del servicio, ingresaran a la Administración Postal Nacional a partir de la vigencia del Presente Decreto-Ley, con destino a cubrir sus propios gastos y a la ampliación y mejoramiento de los servicios a su cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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