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Artículo 90

Funciones De La Vicepresidencia Jurídica

Decreto 4895 de 2011 · Por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Vicepresidencia Jurídica. Son funciones de la Vicepresidencia Jurídica

1.

Planear, coordinar, dirigir, asesorar y controlar las actividades relacionadas con la gestión jurídica del Banco.

2.

Preservar los intereses del Banco y asegurar la debida representación de la entidad, en los asuntos y procesos que se promuevan en su contra o que esta deba impulsar, con excepción de los procesos a cargo de la Vicepresidencia de Crédito.

3.

Asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y a los demás órganos Directivos en los asuntos jurídicos que permitan asegurar que el Banco y sus trabajadores, cumplan con todos los requisitos legales a los que están obligados.

4.

Garantizar los acuerdos de niveles de servicios establecidos entre el Banco y terceros que prestan servicios de gestión jurídica en los temas de su competencia.

5.

Garantizar la optimización y estandarización de los procedimientos a su cargo ejecutados en Dirección General y Regionales.

6.

Asesorar a la Presidencia y a las demás dependencias del Banco en la interpretación de las normas constitucionales, legales, estatutarias y reglamentarias que rijan la actividad bancaria.

7.

Asesorar y acompañar adecuada y oportunamente a las Gerencia Regional Comercial en los asuntos jurídicos de su competencia.

8.

Asesorar, orientar y acompañar a las dependencias del Banco que tengan a su cargo el ejercicio de funciones jurídicas.

9.

Compilar las normas legales, la jurisprudencia, la doctrina y los conceptos relacionados con la actividad del Banco y velar por su actualización y divulgación al interior del Banco.

10.

Coordinar el desarrollo de las investigaciones jurídicas que el Banco requiera.

11.

Estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos que deba expedir o proponer el Banco o que sean sometidos a su consideración.

12.

Prestar apoyo y acompañamiento jurídico al Proceso de Gestión de Contratación.

13.

Orientar y acompañar la actuación del Banco y diseñar la estrategia jurídica alineada con los propósitos generales del Banco y del Estado.

14.

Planear, organizar, dirigir, coordinar, absolver y controlar las consultas jurídicas presentadas por las distintas dependencias del Banco, por organismos públicos, privados, por clientes y usuarios, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones del Banco, en forma ágil y oportuna.

15.

Definir, proponer y unificar las políticas sobre administración del riesgo jurídico al interior del Banco y servir de soporte en las actuaciones y decisiones que adopte el Banco, con la calidad, oportunidad y agilidad necesarias para que dichas acciones siempre se encuentren conforme al marco legal vigente y conduzcan a la prestación eficiente de sus servicios, un mejor desempeño administrativo y una adecuada defensa de los intereses del Banco.

16.

Elaborar los proyectos de normas internas relacionadas con las actividades jurídicas, que se deriven de las disposiciones de los organismos reguladores estatales para someterlas a aprobación de la Presidencia del Banco.

17.

Conceptuar y recomendar las modificaciones a nuevos procesos y procedimientos que puedan afectar jurídicamente a la entidad.

18.

Ejercer las demás funciones que la Constitución, la ley, los estatutos y los reglamentos determinen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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