Micelio

Artículo 9

La Organización Tendrá Personalidad Jurídica Internacional Y En Este Sentido Gozará De Plena Capacidad En El Ejercicio De Sus Funciones Para El Logro De Sus Propósitos, Y En Particular Podrá: A

Decreto 83 de 1996 · por el cual se promulga la "Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural" hecho en Madrid el 27 de noviembre de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Organización tendrá personalidad jurídica internacional y en este sentido gozará de plena capacidad en el ejercicio de sus funciones para el logro de sus propósitos, y en particular podrá

a)

Celebrar acuerdos con Estados y Organizaciones Internacionales;

b)

Adquirir, arrendar y disponer de bienes y servicios y en general celebrar todo tipo de actos y contratos;

c)

Ser parte en procesos legales e iniciar procedimientos jurídicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 83 de 1996