Micelio

Artículo 129

Cuando El Personal De La Mina Tenga Que Transportarse Por Agua, Deberá Usar Chaleco Salvavidas

Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el personal de la mina tenga que transportarse por agua, deberá usar chaleco salvavidas.

Parágrafo 1

El chaleco salvavidas será suministrado por el explotador de la mina.

Parágrafo 2

Los chalecos salvavidas y flotadores serán examinados antes de usarse, y los que presenten daños o defectos se retirarán del servicio y se destruirán.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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