Micelio

Artículo 2.19.18

Inclusión De Los Recursos Del Patrimonio Autónomo Fondes En El Presupuesto General De La Nación

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inclusión de los recursos del patrimonio autónomo Fondes en el Presupuesto General de la Nación. Los recursos que conformen el Fondes se mantendrán en dicho patrimonio autónomo hasta que se incorporen en el Presupuesto General de la Nación. El monto de los recursos del Fondes que vayan a ser incorporados en el Presupuesto General de la Nación en cada vigencia fiscal, será determinado previamente por el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis). En todo caso, previa determinación por parte del Confis, el Consejo de Administración del Fondes deberá conceptuar favorablemente en el sentido que el monto a ser incluido en el Presupuesto General de la Nación no afecta los compromisos y/o el presupuesto de gastos del Fondes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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