Micelio

Artículo 603

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El absolvente debe ser interrogado directamente por el Juez, y al acto no podrán concurrir sino el mismo Juez, el absolvente, el Secretario, el escribiente y el intérprete en su caso. Debe intervenir el intérprete cuando el absolvente no entienda el idioma castellano, o cuando por cualquier causa no pueda darse a entender de palabra o por escrito.

Cuando el absolvente no sepa leer, tiene derecho a que concurra una persona de su confianza, para que le lea sus respuestas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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