Micelio

Artículo 4

La Dirección De La Contabilidad General De La República Cuidará De Que En Todas Las Oficinas De Hacienda Se Cumpla Con Las Disposiciones De Los Decretos Números 1036 De 1904, 675 De 1907 Y 676 Bis De 1909, En Concordancia Con Las Respectivas Liquidaciones De Los Presupuestos

Decreto 43 de 1910 · Sobre primera liquidación de los Presupuestos Nacionales de Rentas y Gastos y del especial de crédito público para la vigencia económica de 1910

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Dirección de la contabilidad General de la República cuidará de que en todas las Oficinas de Hacienda se cumpla con las disposiciones de los Decretos números 1036 de 1904, 675 de 1907 y 676 bis de 1909, en concordancia con las respectivas liquidaciones de los Presupuestos.

Parágrafo

Las Oficinas ordenadoras y pagadoras de los gastos, las recaudadoras de las rentas y la Sección de Crédito Público procederán á abrir las cuentas para 1910 de acuerdo con la liquidación de los Presupuestos, tan luego como la reciban.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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