Micelio

Artículo 11

Ley 2 de 1932 · Que reglamenta la Caja de Auxilios de los ramos Postal y Telegráfico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el aspirante no concurriere personalmente a recibir la notificación de cualquier providencia dictada por la Junta o por el Ministerio, transcurridos treinta (30) días, se surtirá por edicto que se fijara en la Secretaría del mismo Ministerio por el término de cinco (5) días.

Transcurridos cinco (5) días desde la fijación del edicto sin que se haya hecho reclamación alguna, la providencia quedará ejecutoriada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1932