° De conformidad con el artículo 18 del Tratado de Montevideo sobre tratamiento de la Nación más favorecida, cuando como resultado de las reformas del Arancel Aduansro Colombiano los gravámenes fijados en dichas reformas sean inferiores a los establecidos en el presente Decreto y en los Decretos números 17.0 de 1964 y 146: de 1965. se aplicarán los gravámenes que sean más favorables para el importador.
Decreto 160 de 1966 →Vigente
Artículo 3
De Conformidad Con El Artículo 18 Del Tratado De Montevideo Sobre Tratamiento De La Nación Más Favorecida, Cuando Como Resultado De Las Reformas Del Arancel Aduansro Colombiano Los Gravámenes Fijados En Dichas Reformas Sean Inferiores A Los Establecidos En El Presente Decreto Y En Los Decretos Números 17
Decreto 160 de 1966 · por el cual se modifican y adicionan los Decretos números 170 de 1964 y 146 de 1965, "por el cual se conceden unas rebajas arancelarias".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.