°. Especificaciones técnicas. El Ministerio de Salud y Protección Social reglamentará las especificaciones técnicas y de seguridad, que deben cumplir las Entidades Promotoras de Salud para adelantar la consulta de las bases de datos dispuestas, las cuales deberán proteger la reserva de datos de las personas.
°. El incumplimiento de las condiciones de reserva de la información establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, por parte de las Entidades Promotoras de Salud, facultará a dicho Ministerio, a negar la información requerida, con el propósito de proteger la intimidad y datos de las personas allí registradas para el cumplimiento del objeto de este decreto.
La disposición contenida en el
anterior, no faculta a la Entidad Promotora de Salud para solicitar el certificado de estudios de manera directa al beneficiario, ni para negarle la prestación del servicio de salud.