Micelio

Artículo 22

Las Disposiciones De Este Decreto Serán Aplicadas A Los Solicitantes De La Condición De Refugiado Y A Los Refugiados Sin Discriminación Por Motivos De Raza, Color, Género, Idioma, Religión, Opinión Política O De Otra Índole, Origen Nacional O Social, País De Origen, Posición Económica, Nacimiento O Cualquier Otra Condición Social

Decreto 4503 de 2009 · por el cual se modifica el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, se dictan normas sobre la Comisión Asesora para la determinación de la condición de refugiado y se adoptan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones de este decreto serán aplicadas a los solicitantes de la condición de refugiado y a los refugiados sin discriminación por motivos de raza, color, género, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, país de origen, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4503 de 2009