Micelio

Artículo 2

El Gravamen Establecido En El Artículo 1° Tendrá Vigencia Hasta El 31 De Diciembre De 2012

Decreto 2111 de 2009 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El gravamen establecido en el artículo 1° tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012. A partir del 1° de enero de 2013 el gravamen arancelario para las subpartidas establecidas en el artículo 1° del presente decreto, será de 5%.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2111 de 2009