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Artículo 24

Las Transferencias Monetarias Que Se Deriven De La Aplicación Del Presente Instrumento Entre Las Instituciones De Los Países Miembros, Se Regirán Por Las Normas Establecidas En El Reglamento

Decreto 222 de 1981 · Por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional una norma andina supranacional indirecta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las transferencias monetarias que se deriven de la aplicación del presente instrumento entre las instituciones de los Países Miembros, se regirán por las normas establecidas en el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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