º. Quienes deseen obtener Credencial de Expendedor de drogas y reúnan los requisitos exigidos en esta reglamentación, deberán presentar solicitud escrita al Ministerio de Salud Pública, dentro de un plazo mínimo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de este Decreto.
Decreto 282 de 1975 →Vigente
Artículo 5
Quienes Deseen Obtener Credencial De Expendedor De Drogas Y Reúnan Los Requisitos Exigidos En Esta Reglamentación, Deberán Presentar Solicitud Escrita Al Ministerio De Salud Pública, Dentro De Un Plazo Mínimo De Seis (6) Meses Contados A Partir De La Vigencia De Este Decreto
Decreto 282 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 1° de la ley 17 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.