Artículo Unico. Declaranse legalizados los créditos suplementales y extraordinarios abiertos al Ministerio de Gobierno en el Presupuesto de gastos de 1910, con las siguientes imputaciones:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 14140 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 1.
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Artículo Unico. Declaranse legalizados los créditos suplementales y extraordinarios abiertos al Ministerio de Gobierno en el Presupuesto de gastos de 1910, con las siguientes imputaciones:
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Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.