Micelio

Artículo 4

Aclárase El Artículo Segundo Del Decreto 1045 De Mayo 17 De 1989 De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 7° Del Decreto 10 De 1989, En El Sentido Que Los Viáticos A Que Tendrá Derecho La Señora Ministra De Trabajo Y Seguridad Social, Doctora María Teresa Forero De Saade, Presidente De La Delegación, Son De Doscientos Ochenta Y Cinco Dólares Diarios (Us$ 285

Decreto 1123 de 1989 · por el cual se aclara y adiciona el Decreto 1045 del 17 de mayo de 1989 que designó la delegación Colombiana a la 76ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aclárase el artículo segundo del Decreto 1045 de mayo 17 de 1989 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto 10 de 1989, en el sentido que los viáticos a que tendrá derecho la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, doctora María Teresa Forero de Saade, Presidente de la delegación, son de doscientos ochenta y cinco dólares diarios (US$ 285.00) con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la actual vigencia fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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