Dirección Administrativa . Son funciones de la Dirección Administrativa las siguientes
Dirigir la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Ministerio, su planeación, ejecución, control de gestión y resultados, proporcionándoles una adecuada orientación técnica que garantice la continuidad en la prestación de los servicios y la ejecución de los programas.
Velar por la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que se llevan a cabo en la Dirección Administrativa mediante las Subdirecciones Financiera, Jurídica, de Recursos Humanos y de Servicios a su cargo.
Dirigir, administrar, coordinar y hacer seguimiento a los procesos contractuales y a los relacionados con el recurso humano, financiero, físico y de bienes y servicios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, garantizando su adecuado funcionamiento.
Ejecutar la ordenación del gasto de acuerdo con las delegaciones efectuadas por el Ministro.
Proponer el plan estratégico y el de acción de la Dirección Administrativa y de las subdirecciones a su cargo, efectuar el seguimiento de su ejecución y evaluar los resultados obtenidos.
Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación la elaboración de los proyectos de presupuesto e inversión de la Dirección Administrativa y presentarlos a la Secretaría General, acompañados de su explicación y de la justificación detallada de cada una de las apropiaciones.
Dirigir las actividades jurídicas que desde el punto de vista administrativo requiera el Ministerio para su funcionamiento, como la fijación de las políticas y procedimientos para el trámite de las sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales a cargo de la Nación Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Controlar la ejecución y realizar el seguimiento del presupuesto de gastos y de inversión del Ministerio.
Coordinar la preparación y presentación de informes exigidos por los organismos del Estado y las diferentes dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con la naturaleza de las funciones a cargo de la Dirección Administrativa, incluidas sus Subdirecciones.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.