Micelio

Artículo 395

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Para exportar mercancía sujeta a derechos de exportación podrá presentarse un manifiesto provisional en que se exprese el peso, volumen, medida o cantidad total de la mercancía que se vaya a exportar. Mediante fianza que garantice el ciento cincuenta por ciento (150 por 100) del valor que se les calcule a los derechos correspondientes, permitirá el Administrador la exportación deseada, sin que se exceda el peso, volumen, medida o cantidad expresada en el manifiesto provisional. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 25/10/1984

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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