TRÁMITE DE EXPEDIENTES. La Sección de Prestaciones Sociales de la Policía Nacional conformará expedientes administrativos de prueba para el reconocimiento de prestaciones sociales a cargo del Tesoro Público y de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, los cuales surtirán el siguiente trámite:
Prestaciones a cargo del Tesoro Público:
El expediente se enviará a la Secretaría General de la Dirección General de la Policía Nacional para su estudio y resolución;
Prestaciones a cargo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional:
El expediente se enviará a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional para su estudio y resolución.
Ejecutoriada la providencia administrativa los expedientes se enviaran al archivo correspondiente.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 147. TRÁMITE DE EXPEDIENTES. La Sección de Prestaciones Sociales de la Policía Nacional conformará expedientes administrativos de prueba para el reconocimiento de prestaciones sociales a cargo del Tesoro Público y de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, los cuales surtirán el siguiente trámite:
Prestaciones a cargo del Tesoro Público:
El expediente se enviará a la Secretaría General de la Dirección General de la Policía Nacional para su estudio y resolución;
Prestaciones a cargo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional:
El expediente se enviará a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional para su estudio y resolución.
Ejecutoriada la providencia administrativa los expedientes se enviaran al archivo correspondiente.