Micelio

Artículo 4

A Partir Del 1º De Enero De 2003, La Remuneración Mensual Del Vicepresidente De La República Será De Once Millones Quinientos Veinte Mil Cuatrocientos Treinta Y Nueve Pesos ($11

Decreto 3536 de 2003 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 2003, la remuneración mensual del Vicepresidente de la República será de once millones quinientos veinte mil cuatrocientos treinta y nueve pesos ($11.520.439) moneda corriente, discriminados así: Concepto Valor Mensual Asignación básica $3.156.600 Prima de dirección $2.764.905 Gastos de representación $5.598.934 La prima de Dirección no constituye factor salarial para ningún efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3536 de 2003