Micelio

Artículo 24

Las Personas A Quienes Se Nombre Para Desempeñar Los Cargos A Que Se Refiere Este Decreto, Excepto Las Que Estén Comprendidas En El Caso Previsto En El Artículo 7° Del Decreto Número 2900 De 1953, Deberán Tomar Nueva Posesión, Aunque Hayan Venido Ocupando Cargos De Igual O Análoga Denominación En La Justicia Penal Militar

Decreto 2981 de 1953 · Por el cual se reglamenta el decreto número 2900 de 1953, se crean unos cargos y se fijan unas asignaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas a quienes se nombre para desempeñar los cargos a que se refiere este Decreto, excepto las que estén comprendidas en el caso previsto en el artículo 7° del Decreto número 2900 de 1953, deberán tomar nueva posesión, aunque hayan venido ocupando cargos de igual o análoga denominación en la Justicia Penal Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2981 de 1953