Artículo primero. Con destino al funcionamiento de las escuelas y oficinas públicas, incluso la de Correos y Telégrafos Nacionales del caserío de Sibaté, cédense, a título gratuito, al Departamento de Cundinamarca, el edificio de la antigua estación de Sibaté, Ferrocarril del Sur, junto con su plano y lote adyacente, por la siguiente demarcación: por el Oriente, linda con la carretera que de Bogotá conduce a fusagasugá; por el Occidente, con lote vendido a Antonio Granados, pared al medio; por el Norte, con calle pública, y por el Sur, con la plataforma del citado Ferrocarril, hoy convertido en calle pública.
Decreto 46 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Decreto 46 de 1957 · Por la cual se cede el Departamento de Cundinamarca un inmueble con destino a escuelas y oficinas públicas del caserío de sibate
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.