° El Consejo Nacional Siderúrgico podrá invitar a sus deliberaciones a otros funcionarios de entidades públicas o a representantes de las Asociaciones Gremiales, cuando así lo estime conveniente.
Decreto 2047 de 1978 →Vigente
Artículo 4
El Consejo Nacional Siderúrgico Podrá Invitar A Sus Deliberaciones A Otros Funcionarios De Entidades Públicas O A Representantes De Las Asociaciones Gremiales, Cuando Así Lo Estime Conveniente
Decreto 2047 de 1978 · Por el cual se crea el Consejo Nacional de Siderúrgico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.