° Establécese la siguiente Nota. Adicional a las Notas Legales del Capítulo 84 del Arancel de Aduanas. Nota Adicional. Señálase un gravamen, del 50% ad valoren para las partes, piezas, sueltas y accesorios clasificables en la posición 84.55 del Arancel de Aduanas, previa clasificación de la División de Arancel de la Dirección General de Aduanas, que importen las industrias de ensamble o fabricación da las máquinas y aparatos de las posiciones 84.51 a 84.54 ambas inclusive, debidamente autorizadas o reconocidas por el Ministerio de Desarrollo Económico, o que tengan celebrado contrato de fabricación o ensamble con el Gobierno Nacional.
Decreto 704 de 1972 →Vigente
Artículo 1
Establécese La Siguiente Nota
Decreto 704 de 1972 · Por el cual se establece una Nota Adicional a las Notas Legales del Capítulo 84 del Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.