Micelio

Artículo 3

Ley 16 de 1920 · Que concede unas autorizaciones al Poder Ejecutivo Nacional y al Departamento del Valle sobre construcción del camino del Suroeste - vía Calarcá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Facultase al Gobierno Nacional para que designe, si lo estima necesario, un ingeniero que vigile los trabajos que se hagan y fiscalice la inversión de fondos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 16 de 1920