Presupuesto anual. Para la programación y administración de los recursos de que trata el presente decreto cada Territorio Indígena, Resguardo Indígena y Asociación de Resguardos elaborará un Presupuesto Anual de Inversión con base en la proyección de recursos que le sean comunicados, identificando los respectivos componentes sectoriales y de la asignación especial del SGP, según las certificaciones con que cuente, con sus correspondientes gastos operativos de inversión, cuando a ello haya lugar. El presupuesto anual de inversión deberá ser aprobado en Asamblea General o asambleas de los Territorios y/o Resguardos Indígenas convocada expresamente para estos efectos. Respecto de la Asociación, el presupuesto será el consolidado de los presupuestos aprobados por los Resguardos Indígenas asociados. En cualquier caso, el presupuesto deberá aprobarse a más tardar el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, conforme el principio de anualidad previsto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto. Para estos efectos, el presupuesto anual deberá ser aprobado por la mayoría de los miembros de la Asamblea General, en el marco de su autonomía y conforme con su ley de origen, derecho mayor o derecho propio. Cuando por factores de ubicación geográfica o poblacional, las autoridades del Territorio o Resguardo celebren asambleas territoriales, deberán expedir un acta por cada asamblea e integrarla en el acta de aprobación de presupuesto, la cual deberá estar acompañada de todos los proyectos de inversión aprobados, cuando se trate de los recursos de la Asignación Especial.
Decreto 1953 de 2014 →Vigente
Artículo 17
Presupuesto Anual
Decreto 1953 de 2014 · por el cual se crea un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas hasta que el Congreso expida la ley de que trata el artículo 329 de la Constitución Política.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.